El marco legal
El Código Civil (artículos 252 a 277) y la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia (Decreto 27-2003) mantienen la patria potestad compartida tras la separación y encargan al juez de familia fijar la guarda y custodia según el interés del niño, con un régimen de visitas para el otro progenitor; los convenios homologados son frecuentes. La pensión alimenticia se fija según las necesidades del alimentista y la capacidad del obligado, con retención salarial; la negación de asistencia económica es delito (artículo 242 del Código Penal, seis meses a dos años de prisión, con posibilidad de suspensión si se paga). La Procuraduría General de la Nación representa a los menores. Salir del país con un menor exige la autorización notarial del otro progenitor.
Los puntos clave
| Patria potestad | Compartida; suspensión o pérdida judicial |
|---|---|
| Guarda y custodia | Por convenio homologado o por el juez de familia; en la práctica a la madre en la gran mayoría; compartida por acuerdo |
| Visitas | Régimen fijado en el convenio o la sentencia; supervisadas en casos de riesgo |
| Pensión alimenticia | Según necesidades y capacidad; retención salarial; hasta los 18 años (o el fin de los estudios) |
| Impago | Delito de negación de asistencia económica (6 meses a 2 años); embargo; arraigo |
| Salida del país | Autorización notarial del otro progenitor, exigida por el Instituto Guatemalteco de Migración |
| Servicios | Procuraduría General de la Nación (representación de menores), bufetes populares, juzgados de paz en el interior |
En la práctica
- Acudir a la Procuraduría General de la Nación o a un bufete popular para un convenio de guarda, visitas y pensión, homologado por el juez de familia.
- Sin acuerdo, juicio oral de alimentos ante el juez de familia (o de paz en el interior): la pensión provisional se fija de inmediato y se retiene del salario.
- El impago se denuncia ante el Ministerio Público como negación de asistencia económica; el juez puede ordenar el arraigo (prohibición de salir del país).
- La autorización de viaje del menor se firma ante notario; Migración la exige.
- Los bufetes populares universitarios representan gratuitamente.
Coste y cobertura
Procuraduría General de la Nación y bufetes populares gratuitos; abogado privado de 2 000 a 8 000 quetzales; sin tasas judiciales significativas.
Cambios recientes
La Corte de Constitucionalidad ha reforzado desde 2019 el derecho del niño a ser oído y la igualdad de los padres en la guarda; la custodia compartida por acuerdo crece en la capital.
A quién dirigirse
- Juzgados de familia y juzgados de paz (interior).
- Procuraduría General de la Nación — Procuraduría de la Niñez.
- Bufetes populares de las universidades.
- Instituto Guatemalteco de Migración: autorizaciones de viaje de menores.
Conviene saber
La negación de asistencia económica es delito y el juez puede ordenar el arraigo del deudor, que le impide salir del país: es el mecanismo más disuasivo. Y la autorización de viaje del otro progenitor es indispensable, incluso hacia El Salvador o México.
Fuentes y enlaces oficiales
- Código Civil — Decreto-Ley 106, artículos 252 a 277 — texto (OEA)
- Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia — Decreto 27-2003 — texto (OEA)
- Procuraduría General de la Nación — representación de menores
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