El marco legal
El Código de Familia de 1994 (artículos 206 a 246) mantiene la autoridad parental compartida y regula el cuidado personal del hijo: por acuerdo de los padres o por decisión del juez de familia según el interés del niño, con un régimen de visitas y comunicación para el otro progenitor; el cuidado personal compartido es posible por acuerdo. La cuota alimenticia puede fijarse administrativamente por la Procuraduría General de la República (PGR), que la cobra con retención salarial, o por el juez; el incumplimiento es delito (artículo 201 del Código Penal, uno a tres años). La Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia (LEPINA, 2009) rige la protección. Salir del país con un menor exige la autorización del otro progenitor ante notario o la PGR.
Los puntos clave
| Autoridad parental | Compartida; suspensión o pérdida judicial |
|---|---|
| Cuidado personal | Por acuerdo o por el juez de familia; compartido por acuerdo; régimen de visitas |
| Cuota alimenticia | Fijada por la PGR (administrativa, gratuita, con retención salarial) o por el juez; según capacidad y necesidades; hasta los 18 años (o el fin de los estudios) |
| Impago | Delito de incumplimiento de los deberes de asistencia económica (1 a 3 años); restricción migratoria |
| Salida del país | Autorización notarial del otro progenitor o de la PGR, exigida por Migración |
| Servicios | PGR (Unidad de Defensa de la Familia), CONNA/ISNA, juzgados de familia |
| Cifras | La PGR gestiona más de 100 000 expedientes de cuotas alimenticias |
En la práctica
- Acudir a la Procuraduría General de la República (Unidad de Defensa de la Familia) para fijar la cuota alimenticia: la PGR cita al obligado, fija la cuota y ordena la retención al empleador, gratuitamente y sin juicio.
- Para el cuidado personal y las visitas, acuerdo homologado o demanda ante el juez de familia, con la PGR como representante gratuita.
- El impago se denuncia ante la Fiscalía; la PGR puede pedir la restricción migratoria del deudor.
- La autorización de viaje se firma ante notario o en la PGR; Migración la exige.
- Los padres en Estados Unidos pagan a través de la PGR o de las agencias estadounidenses de child support (Convenio de La Haya de 2007).
Coste y cobertura
PGR gratuita para las cuotas y la representación; abogado privado de 300 a 1 000 dólares para el cuidado personal (el país usa el dólar).
Cambios recientes
La PGR digitalizó desde 2021 el pago y la consulta de cuotas alimenticias; la LEPINA y el Código de Familia no han cambiado en lo esencial. La emigración multiplica las cuotas internacionales.
A quién dirigirse
- Procuraduría General de la República — Unidad de Defensa de la Familia (cuotas alimenticias).
- Juzgados de familia.
- CONNA y ISNA: protección de la niñez.
- Dirección General de Migración y Extranjería: autorizaciones de viaje y restricciones migratorias.
Conviene saber
La PGR fija y cobra la cuota alimenticia sin juicio ni abogado, con retención directa del salario: es la vía más rápida y gratuita de El Salvador. Y puede pedir la restricción migratoria del deudor, que le impide salir del país hasta ponerse al día.
Fuentes y enlaces oficiales
- Código de Familia — Decreto 677, artículos 206 a 246 — Asamblea Legislativa
- Procuraduría General de la República — cuotas alimenticias — servicios
- LEPINA — Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia — texto
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