El marco legal
El artículo 21 de la Constitución de 2009 garantiza la privacidad, la intimidad, el honor y la propia imagen, y el artículo 130 la acción de protección de privacidad (hábeas data) para acceder, rectificar, actualizar o eliminar datos en registros públicos o privados, ante cualquier juez; Bolivia no tiene ley general de protección de datos ni autoridad: la Ley 164 de Telecomunicaciones (2011) impone el secreto de las comunicaciones y la protección de los datos de los usuarios, la Ley 1080 de Ciudadanía Digital (2018) y su reglamento el tratamiento de los datos en los servicios digitales del Estado, la Ley 453 de los Derechos del Usuario y Consumidor (2013) la confidencialidad de los datos de los consumidores, y la Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnologías de Información y Comunicación (AGETIC) fija lineamientos para el sector público. El Código Penal castiga la violación de secretos y correspondencia (artículos 300 a 302) y la manipulación informática (363 ter), sin tipo de difusión de imágenes íntimas; la Ley 348 (2013) tipifica la violencia contra las mujeres, incluida la violencia mediática y la difusión de imágenes, con medidas de protección de los juzgados, y los tribunales han condenado difusiones como violencia psicológica o sexual; la Ley 1173 (2019) y el Código Niña, Niño y Adolescente protegen la imagen de los menores. Un proyecto de Ley de Protección de Datos Personales, impulsado por la AGETIC y la Defensoría del Pueblo, se debate desde 2023 sin aprobarse; las plataformas extranjeras no tienen ninguna obligación ante una autoridad boliviana.
Los puntos clave
| Norma | Sin ley general; Constitución (artículos 21 y 130: acción de protección de privacidad); Ley 164 (telecomunicaciones), Ley 1080 (ciudadanía digital), Ley 453 (consumidor) |
|---|---|
| Autoridad | Ninguna; AGETIC para el sector público; jueces para la acción de protección de privacidad |
| Derechos | Acceso, rectificación, actualización, eliminación por acción constitucional; sin procedimiento administrativo |
| Imágenes íntimas | Sin tipo específico; perseguida como violencia mediática, psicológica o sexual contra las mujeres (Ley 348); menores protegidos |
| Proyecto | Ley de Protección de Datos Personales en debate desde 2023 |
| Contexto | Plataformas extranjeras sin obligaciones ante Bolivia; datos de consumidores protegidos por la Ley 453 |
En la práctica
- Ejercer el acceso, la rectificación o la eliminación ante la empresa invocando los artículos 21 y 130 de la Constitución; ante la negativa, acción de protección de privacidad ante cualquier juez, sin formalidades, con decisión en días.
- Ante una imagen íntima difundida: capturar las pruebas, denunciar en la FELCV (Ley 348: violencia mediática) o la FELCC, pedir medidas de protección al juzgado (retiro de contenidos) y notificar a la plataforma; los Servicios Legales Integrales Municipales acompañan.
- Si el difusor exige dinero (sextorsión), es extorsión: denunciar sin pagar.
- Las aplicaciones de citas extranjeras aplican sus propias políticas; ejercer los derechos por sus canales (a menudo alineados con el RGPD).
- Para los datos de consumo (operadoras, bancos), reclamar ante la ATT o la ASFI, que aplican la confidencialidad de la Ley 453 y la Ley 164.
Coste y cobertura
Denuncia y acción de protección de privacidad gratuitas; abogados privados para daños.
Cambios recientes
El proyecto de ley de protección de datos (2023) sigue en la Asamblea; la AGETIC publicó lineamientos para el sector público; la Defensoría del Pueblo pidió en 2024 la aprobación de la ley; los tribunales aplican la Ley 348 a la difusión de imágenes.
A quién dirigirse
- FELCV (800 14 0348): violencia contra las mujeres, incluida la digital.
- Servicios Legales Integrales Municipales y Defensorías de la Niñez.
- AGETIC: sector público; ATT y ASFI para los datos de consumo.
- Fundación Internet Bolivia (internetbolivia.org): derechos digitales.
Conviene saber
Bolivia no tiene ley ni autoridad de protección de datos: los derechos constitucionales se defienden solo ante el juez, y la difusión de imágenes íntimas solo es delito por la vía de la violencia contra las mujeres. Para los datos en manos de plataformas extranjeras, sus propias políticas son la única palanca.
Fuentes y enlaces oficiales
- Constitución Política del Estado — artículos 21 y 130 — texto (OEA)
- Ley 164 — General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación — texto (OEA)
- Fundación Internet Bolivia — protección de datos — análisis y guías
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