El marco legal
Nicaragua conoce el divorcio unilateral desde la Ley 38 de 1988 (disolución del matrimonio por voluntad de una de las partes), incorporada al Código de Familia de 2014 (artículos 137 a 173): el divorcio se decreta por mutuo consentimiento o por la voluntad de uno de los cónyuges, sin necesidad de causa. El mutuo consentimiento puede tramitarse ante notario público con al menos diez años de ejercicio cuando no hay hijos menores ni bienes en común, y ante el juez de familia en los demás casos; el divorcio unilateral es judicial. El juez fija el cuidado de los hijos, la pensión alimenticia, la vivienda y, en su caso, una pensión compensatoria.
Los puntos clave
| Mutuo consentimiento ante notario | Sin hijos menores ni bienes comunes; escritura pública; días |
|---|---|
| Mutuo consentimiento ante juez | Con hijos o bienes: acuerdo sobre cuidado, alimentos, visitas, vivienda; de uno a tres meses |
| Unilateral | Voluntad de uno de los cónyuges; el otro no puede oponerse al divorcio, solo discutir los efectos; de tres a ocho meses |
| Hijos | Cuidado a uno de los padres o compartido; pensión alimenticia según ingresos (mínimo del 25 % para un hijo) |
| Pensión compensatoria | Para el cónyuge en desventaja económica, según el caso |
| Bienes | Distribución de los bienes comunes; separación de bienes por defecto |
| Abogado | Obligatorio ante el juez; Defensoría Pública gratuita |
| Cifras | Unos 6 000 divorcios al año |
En la práctica
- Sin hijos ni bienes: acudir al notario con los certificados; la escritura se inscribe en el Registro del Estado Civil.
- Con hijos o bienes de mutuo acuerdo: demanda conjunta con el acuerdo ante el juez de familia.
- Unilateral: demanda de uno solo; el juez cita al otro y decreta el divorcio, resolviendo los efectos.
- La pensión alimenticia se fija en porcentaje de los ingresos y puede retenerse; el impago se persigue.
- La Defensoría Pública asiste gratis; la sentencia se inscribe en el Registro del Estado Civil.
Coste y cobertura
Notario de 2 000 a 5 000 córdobas; abogado para el divorcio judicial de 5 000 a 20 000 córdobas; Defensoría Pública gratuita.
Cambios recientes
El Código de Familia de 2014 integró la ley de 1988 y creó los juzgados de familia; la pensión compensatoria y el cuidado compartido son novedades del Código.
A quién dirigirse
- Juzgados de familia y juzgados locales.
- Notarías (notarios con diez años de ejercicio).
- Defensoría Pública: asistencia gratuita.
- Registro del Estado Civil de las Personas: inscripción.
Conviene saber
Nadie puede impedir el divorcio en Nicaragua desde 1988: el cónyuge que no quiere divorciarse solo puede discutir los hijos, la vivienda y las pensiones. Con la separación de bienes por defecto, el reparto se limita a lo que se demuestre común.
Fuentes y enlaces oficiales
- Código de Familia — Ley 870 de 2014 — Asamblea Nacional
- Poder Judicial de Nicaragua — juzgados de familia — tribunales
- Defensoría Pública — asistencia
Enlaces verificados a fuentes oficiales o de referencia. Se abren en una pestaña nueva.
